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Subsidio de Arriendo: fechas y requisitos para nuevo llamado a postular

El Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu) dio a conocer los requisitos necesarios para postular al SUBSIDIO DE ARRIENDO, beneficio orientado a FAMILIAS VULNERABLES, DE SECTORES MEDIOS Y ADULTOS MAYORES.

Este apoyo del Estado otorga a las familias un subsidio único y total de 170 UF (unos $4.474.060 aprox. – Uf $26.318 31 Enero 2018-) como máximo el que se descontará hasta en 3 UF* (unos $78.954.- aprox. – Uf $26.318 31 Enero 2018-) cada mes, el cual puede ser utilizado mensualmente de manera consecutiva o fragmentada en un plazo máximo de vigencia de hasta 8 años.

Fechas

El plazo de postulación rige entre el 1 de febrero hasta el 16 de abril.

REQUISITOS GENERALES DE POSTULACIÓN

  • Ser mayor de 18 años de edad durante el periodo del llamado.
  • Contar con Cédula Nacional de Identidad vigente. Las personas extranjeras deben presentar Cédula de Identidad para extranjeros.
  • Postular al menos con su cónyuge, conviviente civil, conviviente o hijo. Las personas que tengan más de 60 años al momento de postular, no necesitan contar con núcleo familiar.
  • Pertenecer al 70% más vulnerable de la población, de acuerdo a la calificación socioeconómica vigente establecida en el Registro Social de Hogares (RSH). Se permitirá máximo una postulación por Registro Social de Hogares en cada llamado.
  • Acreditar un ahorro mínimo de 4 UF en una cuenta de ahorro para la vivienda, al momento de postular la cuenta debe estar a nombre del postulante, cónyuge o conviviente civil.
  • Contar con un ingreso familiar mensual entre 7 UF y 25 UF.
  • Por cada integrante del núcleo familiar que exceda de tres, el ingreso máximo mensual del grupo familiar se incrementará en 8 Unidades de Fomento.

Acreditar ingresos del núcleo familiar

  • Se calcula sumando las rentas mensuales percibidas formalmente por cada integrante del grupo familiar.
  • Será consultado en línea según las cotizaciones previsionales realizadas. Si los períodos de las cotizaciones no son suficientes o esta verificación no está actualizada, podrá acreditar sus ingresos presentando al Serviu uno de los siguientes documentos:
  • Informe de boletas de honorarios electrónicas de los últimos 6 meses.
  • Informe de Liquidaciones de sueldo, correspondiente a los 6 últimos meses, de acuerdo al formato establecido por Previred o similar.
  • Detalle de cuentas en AFP de los últimos 6 meses.
  • Comprobantes de pago de pensiones de invalidez, de vejez y asistenciales.
  • Antecedente de pensión de alimentos.
  • Formulario 29 / pago de IVA (se obtiene en SII). Si no puede obtener este documento se podrá presentar el libro de compra y venta timbrado por el SII.

Más requisitos en ESTE LINK.

REQUISITOS GENERALES PARA ADULTO MAYOR

  • Ser adulto mayor, tener más de 60 años al momento de postular, o cumplirlos durante este año calendario. Lo anterior se acreditará presentando Cédula de Identidad vigente.
  • Pertenecer hasta el 70% de la población más vulnerable de la población nacional de acuerdo a RSH.
  • Acreditar un ingreso mínimo equivalente a la pensión asistencial vigente ($102.897, Aprox. 3,8 UF), como base para acreditar ingresos y cálculo del copago.
  • No se debe contar con ahorro mínimo.
  • Junto con los factores de puntaje regulares se otorgará un puntaje adicional por edad.

Beneficios

  • Monto de subsidio diferenciado por vulnerabilidad de acuerdo al RSH del Adulto Mayor beneficiado.
  • Cobertura del 90% al 95% de la renta mensual de arriendo.
  • Copago mensual del beneficiario de entre 5% al 10% de la renta mensual de arriendo.
  • Monto único de 1 UF adicional para financiar los gastos operacionales generados de la formalización del contrato (certificados y gastos notariales).
  • El monto de subsidio total se calcula en base al monto máximo mensual del subsidio por 24 meses más el monto adicional para financiar gastos operacionales.
  • Este llamado especial exime de la prohibición de encontrarse postulando al Fondo Solidario de Elección de Vivienda.
  • El programa permite a los adultos mayores que postulan sin núcleo familiar volver a postular al programa, dando continuidad al beneficio (art. 22 DS N° 52).

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Fuente: 24horas.cl

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María Eugenia Müller S.
María Eugenia Müller S.
Periodista en doomos.com