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Todo lo que debes saber sobre el pago de IVA al comprar una vivienda

Cuando una persona compra una propiedad quiere desembolsar la menor cantidad de dinero posible. Desde el valor a pagar por la vivienda misma, hasta los gastos asociados. Dentro del valor a pagar, desde el año pasado se debe considerar el IVA.

Por lo tanto, si estás ad portas de comprar la casa de tu sueños, te debes estar preguntando si debes o no pagar IVA. Entonces la pregunta clave es ¿en qué casos se debe pagar este impuesto al comprar una vivienda?

Desde el 2016 la Reforma Tributaria en Chile tuvo un efecto directo en la compra de viviendas, ya que incorporó el pago de IVA a todas las ventas efectuadas por “vendedores habituales”, ya sea de inmuebles nuevos o usados.

Pero ¿Quiénes son considerados vendedores habituales? Son aquellas personas que hayan comprado una vivienda con la finalidad de hacer negocio y revenderla y, en general, a aquellas personas o empresas que se dedican a la compra y venta de bienes inmuebles como las empresas inmobiliarias o constructoras, explican desde el Ministerio de Hacienda.

¿Quiénes están exentos de pagar IVA al comprar una vivienda?

Aquellas personas que nos son “vendedores habituales”, es decir, cuando un propietario vende su casa o departamento, pero no se dedica al negocio inmobiliario, ya que se entiende que la vivienda se compró para su uso y no con el ánimo de reventa.

Si una persona vende su casa o departamento antes de que transcurra un año desde su compra o construcción, en principio, debe pagar IVA porque la Ley establece una presunción de habitualidad. Sin embargo, el vendedor puede demostrar que en realidad no se trata de un “vendedor habitual”, a pesar de estar vendiendo antes de un año.

Otras excepciones

  1. Las propiedades nuevas que hubiesen ingresado la solicitud de recepción definitiva de la obra a la Dirección de Obras Municipales antes del 1 de enero de 2017. Es importante subrayar que respecto de este tipo de inmuebles no se paga IVA independiente del año que ocurra la venta.
  2. Las casas o departamentos financiados con un subsidio del Ministerio de la Vivienda, independientemente de si se compró en forma directa, a través de un crédito hipotecario o una operación de leasing.
  3. Tampoco pagarán IVA los contratos generales de construcción financiados por esta vía. Para estos efectos, basta que el subsidio financie parte de la compra, arriendo o construcción de la vivienda.

¡Importante¡ Las promesas de compraventa no pagan IVA

Las promesas de compraventa de propiedades no pagan IVA, porque el IVA se paga cuando se concrete la compra, es decir, al momento de la firma de la escritura de venta, por el precio total de la venta, independiente que se hayan pagado anticipos del precio al momento de firmar la promesa o en otro momento anterior a la firma de la escritura definitiva.

Otro dato importantes es que los intereses de los créditos hipotecarios no pagan IVA.

Así es que ya sabes, si compras a una constructora o inmobiliaria, tendrás que pagar IVA, pero si compras directo al dueño de la propiedad, y éste no es un «vendedor habitual», es decir, vender por necesidades distintas a hacer negocio con la venta, esa propiedad está exenta de IVA.

En todo caso, te recomendamos siempre, antes de comprar, asesorarte con un contador, abogado o el corredor de propiedades involucrado en la negociación para que tu adquisición sea 100% informada y no te encuentres con sorpresas al momento de pagar.

 

Fuente: El Tipógrafo

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María Eugenia Müller S.
María Eugenia Müller S.
Periodista en doomos.com